La Dirección de Ambiente informa que está prohibido por ordenanza cualquier forma de aplicación de productos agroquímicos en las áreas urbanas y en los primeros trecientos metros contados desde la finalización del ejido urbano de cada localidad, conformando a sus respectivas zonas de exclusión. En esta zona, solo se podrían utilizar domisanitarios o línea Jardín.
Quienes apliquen estos productos, deberán comunicar al Organismo Municipal y a sus vecinos inmediatos el día en que se realicé la aplicación, siendo esta responsabilidad del explotador del predio, del aplicador y del asesor técnico.